¿Existe una lista de enfermedades que determinen incapacidades permanentes?
En España no hay una lista oficial de enfermedades que por sí mismas generen derecho a una incapacidad permanente. En realidad, la valoración de la incapacidad se realiza en atención a la reducción de habilidades y capacidades y no a la enfermedad en sí misma.
Por eso, cada caso se trata individualmente y cada víctima es revisada por el tribunal médico, independientemente de la enfermedad o accidente que haya producido la incapacidad. Por ejemplo, es posible que con una misma enfermedad se reconozcan diferentes grados de incapacidad.
¿Cuáles son los grados de incapacidad permanente?
La Seguridad Social reconoce cuatro grados de incapacidad permanente en función de la gravedad del trastorno o lesión que impide trabajar o reduce las posibilidades de hacerlo.
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Incapacidad parcial
Es la incapacidad más leve. El trabajador sufre al menos una incapacidad de un 33% en el rendimiento en su actividad laboral. Puede surgir en cualquier trabajo. El trabajador que la padece tiene derecho a un único pago.
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Incapacidad total
El trabajador está inhabilitado para el trabajo que venía cumpliendo, pero no para dedicarse a otro distinto. Genera derecho a pensión vitalicia, cuyas cuantías varían según la edad y si tiene o no cónyuges a cargo.
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Incapacidad absoluta permanente
En este caso, el tribunal médico reconoce que el trabajador está inhabilitado para realizar cualquier trabajo. Tiene derecho a pensión vitalicia, También depende de si existe cónyuge a cargo y de la edad del damnificado.
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Gran invalidez
La indemnización en este nivel se basa en el reconocimiento de que la persona necesita asistencia de otra persona para los actos básicos de su vida. Se otorga pensión vitalicia.
¿Cómo actuamos ante un caso de incapacidad laboral permanente?
La primera consulta es sin costo y sin compromiso de contrato. Entendemos que la persona tiene que conocernos y comprobar si le generamos confianza. En este primer encuentro, el cliente podrá valorar nuestra trayectoria, los casos que hemos tramitado y tendrá la posibilidad de conocer testimonios de nuestros clientes. A continuación, decidirá si desea que asumamos el caso.
En nuestra valoración del caso, actuaremos con total entrega a las preferencias y necesidades del cliente. Si resultara que a nuestro juicio la solicitud de incapacidad no fuese viable o no tuviera posibilidad de ser aceptada, informaremos a la persona sin coste alguno.