¿Cuándo se puede declarar la incapacidad judicial de una persona?
A partir de setiembre de 2021, cuando entró vigor de la Ley 8/2021, se realizó una actualización del concepto de capacidad jurídica de las personas discapacitadas.
En la reforma de la ley desaparece la incapacitación y en su lugar se establecen medidas de apoyo complementarias de la discapacidad. Por lo tanto, la tutela deja de existir para casos de discapacidad, y se aplica la curatela. Con esta modificación, se considera la posibilidad de que las personas discapacitadas ejerzan sus derechos jurídicos en casos en que pueden valerse para ello. Dado el calado de esta modificación es muy recomendable la asistencia de un abogado experto en procesos de incapacitaciones y nombramiento del curador.
La base para esta reforma es que la persona con discapacidad mantiene siempre los mismos derechos y obligaciones que las demás. Estos derechos y su voluntad deben ser respetados.
El tutor legal pasa a existir exclusivamente en casos de menores de edad no emancipados, que se encuentren en situación de desamparo o que no estén bajo régimen de patria potestad.
¿Qué función cumple el curador en las medidas de apoyo judiciales para los discapacitados?
La antigua figura del tutor, que funcionaba como un representante legal del discapacitado, se sustituye por la del curador. ¿Cuál es el rol del curador?
- Acompañar y promover el desarrollo de la persona con discapacidad.
- Atender a su voluntad y preferencias en la medida ajustada a la necesidad del afectado.
- Asesorarlo en los casos en que así lo requiera el discapacitado o en que se perciban riesgos.
Los actos en los cuales actuará el curador serán determinados por el juez. Solo en casos excepcionales, el juez lo habilitará para tomar decisiones y para actuar en representación de la persona discapacitada.
¿En qué consiste el procedimiento para solicitar las medidas de apoyo para un discapacitado?
Las medidas de apoyo por incapacidad pueden ser solicitadas por familiares directos del discapacitado o por cualquier otra persona que conozca su situación. Se incluyen los funcionarios públicos y autoridades que en razón de sus cargos reconozcan las discapacidades y los riesgos de quien las padece.
En la práctica, el procedimiento sigue ciertos pasos:
- El solicitante presenta un escrito en el que se exponen las razones por las que se solicita la intervención judicial para apoyar al discapacitado.
- Esta solicitud estará acompañada de toda la documentación probatoria de la discapacidad que sustenta la solicitud de las medidas. Es imprescindible contar con un informe de un profesional del ámbito de la salud que describa la situación del discapacitado y en el que se establezca claramente el tipo de discapacidad.
- El juez procederá a comprobar la discapacidad examinando a la persona, mediante audiencia con los familiares y a través de un dictamen del médico forense.
- Designará a quien desempeñará la función de la curatela.
¿Quiénes pueden ser curadores?
- Personas mayores de edad aptos para la función según estimación judicial.
- Fundaciones y organismos sin fines de lucro que tengan fines de asistencia a personas con discapacidad.